Ir al contenido principal

ACCIÓN 5.10

Reorientar el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos hacia la mejora de la protección y la recuperación del entorno y el patrimonio del país

La Ley 57/2017 prevé la creación del impuesto de estancias en establecimientos turísticos (IEET), conocido como «tasa turística», que grava las estancias de los visitantes en Cataluña en las diversas tipologías de alojamiento. Actualmente, una parte de estos recursos se destina a la Agencia Catalana de Turismo para su labor de promoción, y el resto se divide entre diversas administraciones locales. La mayor parte de estos recursos se orientan a la promoción, aunque la propia ley ya prevé en el artículo 49b que también se deberían destinar «al impulso del turismo sostenible, responsable y de calidad, y la protección, la preservación, la recuperación y la mejora de los recursos turísticos». Antes de la covid-19, la recaudación anual superaba los sesenta millones de euros. Se propone reformar el impuesto y, tras llegar a un consenso con los agentes de las diferentes zonas turísticas de Cataluña, reorientar lo recaudado hacia finalidades que reviertan directamente en la sociedad. El destino del impuesto puede ser diferente según las zonas turísticas, destinándolo a protección del patrimonio natural, cultural, histórico, etc. En cualquiera caso, el turista tiene que ser informado de que contribuye a la mejora del entorno y el patrimonio del país, y la sociedad ha de percibir que el turismo contribuye a valorizarlo.