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ACCIÓN 12.1

Establecer el principio *once only* para todos los trámites administrativos, al mismo tiempo que se apodera al ciudadano como único propietario de la información

Once only es el principio por el que todo dato se ha de pedir solo una vez a la ciudadanía, que es su única propietaria, independientemente de qué administración necesite el dato o para qué trámite se utilice. La evolución de la Administración organizada por ámbitos impermeables y estancos ha provocado que, en el transcurso de los años, se creen procedimientos paralelos y descoordinados que obligan a la ciudadanía a presentar la misma información, dato o documento repetidas veces. La Administración raramente ha hecho el esfuerzo de reforzar la interoperabilidad de sus trámites ahorrando a la ciudadanía la aportación de datos que ya ha presentado con anterioridad. Para lograrlo, se ha de proceder al rediseño de procedimientos que ya apuntamos en la acción 10.3, así como digitalizarlos y definir su interoperabilidad, partiendo de una base fundamental: el propietario de la información es cada ciudadano/ana, que la cede a la Administración en un compromiso mutuo de buen uso y recepción de servicio público.